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	<title>BioeticaBlog &#187; Políticos</title>
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	<description>Blog de Bioética en la Red</description>
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		<title>Liechtenstein rechaza la legalización del aborto</title>
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		<pubDate>Mon, 19 Sep 2011 21:47:22 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[aborto]]></category>
		<category><![CDATA[acciones sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Políticos]]></category>
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		<description><![CDATA[Los ciudadanos de Liechtenstein rechazaron el pasado 18 de septiembre de 2011, una iniciativa popular para legalizar el aborto. El texto ha sido rechazado por un 52,3% de los votos frente al 47,7%. Hubo una abstención del 60%. La propuesta pedía la legalización del aborto libre hasta las 12 semanas de embarazo o sin plazos en caso de riesgo de discapacidad el niño por nacer. El [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="gt-res-wrap">
<div id="gt-res-content">
<div dir="ltr"><a href="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2011/09/125px-Flag_of_Liechtenstein.png"><img class="alignleft size-full wp-image-1284" title="125px-Flag_of_Liechtenstein" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2011/09/125px-Flag_of_Liechtenstein.png" alt="Liechtenstein" width="125" height="75" /></a>Los ciudadanos de Liechtenstein rechazaron el pasado 18 de septiembre de 2011, una iniciativa popular para legalizar el <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con aborto">aborto</a>.</div>
<div dir="ltr">El texto ha sido rechazado por un 52,3% de los votos frente al 47,7%. Hubo una abstención del 60%. La propuesta pedía la legalización del aborto libre hasta las 12 semanas de embarazo o sin plazos en caso de riesgo de discapacidad el niño por nacer.</div>
<div dir="ltr">El príncipe Alois había declarado que vetaría el texto si era aprobado. En Liechtenstein, el aborto está penalizado se lleve a cabo en su territorio o en el extranjero.</div>
</div>
</div>
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		<title>Experiencias del aborto</title>
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		<pubDate>Thu, 15 Sep 2011 22:25:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fjr</dc:creator>
				<category><![CDATA[aborto]]></category>
		<category><![CDATA[Políticos]]></category>
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		<description><![CDATA[Este es mi primer post desde Chile, y como hace dos meses que he llegado, quiere decir que me he despistado un poco. ¡No es fácil! Aquí se está planteando ahora la posibilidad de legalizar el &#8220;aborto terapéutico&#8221;, es decir, aquél que se lleva a cabo para salvaguardar la salud de la madre. Entendiendo por [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2011/09/Ha-nacido-un-h.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-1278" title="Ha nacido un hombre" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2011/09/Ha-nacido-un-h.jpg" alt="Ha nacido un hombre" width="162" height="131" /></a>Este es mi primer post desde Chile, y como hace dos meses que he llegado, quiere decir que me he despistado un poco. ¡No es fácil!</p>
<p>Aquí se está planteando ahora la posibilidad de legalizar el &#8220;<a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con aborto">aborto</a> terapéutico&#8221;, es decir, aquél que se lleva a cabo para salvaguardar la salud de la madre. Entendiendo por &#8220;salud&#8221; lo que cada uno quiera entender.</p>
<p>Con este motivo he hecho mi pequeña participación ciñiéndome a un aspecto muy concreto. Lo escribo en el periódico <a title="Experiencias del aborto" href="http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2011/09/15/experiencias-del-aborto.asp" target="_blank">El Mercurio</a>.</p>
<p>El profesor Juan Pablo Beca escribía una magnífica carta al director, <a href="http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2011/09/12/aborto-terapeutico-1.asp" target="_blank">publicada el día lunes</a>, reclamando la necesidad de precisar los conceptos a la hora de hablar del &#8220;aborto terapéutico&#8221;. Estoy de acuerdo con sus precisiones.</p>
<p>Yo querría enfocar esta cuestión desde otra perspectiva: la experiencia. Soy español, y desde la docencia y la asesoría en temas bioéticos, he podido seguir la evolución en la legislación europea y especialmente la española durante los últimos años.</p>
<p>La historia reciente enseña que la solicitud de legislar sobre el aborto comienza siempre por la presentación del aborto para casos en los que se supone que peligraría la vida de la mujer.</p>
<p>Después se amplia el campo para hablar en general de la salud de la mujer. Posteriormente, se menciona que la Organización Mundial de la Salud (<a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/oms/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con OMS">OMS</a>) utiliza un concepto de salud en el horizonte del bienestar físico, mental y social. Con ello se amplía la justificación del aborto a supuestos muy leves, lo cual crea un ambiente social de falta de necesidad de justificación del aborto.</p>
<p>Como consecuencia lógica se da el último paso, que es referir el aborto a la intimidad de la mujer, de modo que nadie podría exigir ninguna justificación. Con ello llegamos a las leyes del aborto por plazos, o prácticamente a voluntad.</p>
<p>La sociedad debe elaborar sus leyes por cauces democráticos. Pero se debe tomar <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/conciencia/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con conciencia">conciencia</a> de que la experiencia legislativa conduce a concluir que la aprobación del &#8220;aborto terapéutico&#8221; es el inicio de la aprobación del aborto libre. Quizá esta experiencia pueda contribuir a poder construir nuestra sociedad de una forma más consciente, y evitar los males que están ocurriendo en otras sociedades.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Objeción de conciencia en Francia</title>
		<link>http://blog.bioeticaweb.com/2011/01/objecion-de-conciencia-en-francia/</link>
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		<pubDate>Sun, 30 Jan 2011 16:24:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fjr</dc:creator>
				<category><![CDATA[objeción conciencia]]></category>
		<category><![CDATA[Políticos]]></category>
		<category><![CDATA[Francia]]></category>
		<category><![CDATA[libertad]]></category>
		<category><![CDATA[libertad de conciencia]]></category>

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		<description><![CDATA[En estas últimas semanas, Francia se ha convertido en un centro de atención para los temas de bioética. Le toca ahora al asunto de la objeción de conciencia en la investigación, siguiendo las recientes disposición de la Asamblea del Consejo de Europa La comisión parlamentaria de la bioética ha adoptado una &#8221;cláusula de conciencia&#8221; para los cuidadores y los investigadores que trabajan con embriones [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2011/01/investigación.jpeg"><img class="alignleft size-full wp-image-1119" title="investigación" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2011/01/investigación.jpeg" alt="" width="199" height="162" /></a>En estas últimas semanas, <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/francia/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con Francia">Francia</a> se ha convertido en un centro de atención para los temas de bioética. Le toca ahora al asunto de la objeción de <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/conciencia/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con conciencia">conciencia</a> en la investigación, siguiendo las recientes disposición de la <a title="objeción sanitaria" href="http://www.aceprensa.com/articulos/2010/oct/09/consejo-de-europa-defiende-objecion-de-conciencia-de-profesionales-sanitarios/">Asamblea del Consejo de Europa</a></p>
<div id="gt-res-c">
<div id="gt-res-p">
<div id="gt-res-data">
<div id="gt-res-content">
<div dir="ltr">
<p>La comisión parlamentaria de la bioética ha adoptado una &#8221;cláusula de conciencia&#8221; para los cuidadores y los investigadores que trabajan con embriones humanos y células madre embrionarias humanas, manteniendo el principio de la prohibición de la investigación sobre células madre teniendo en cuenta los casos de excepción.</p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>&#8220;Ningún científico, ningún ingeniero, ningún técnico o asistente de investigación de cualquier tipo, ningún médico o auxiliar médico está obligado a participar, en el modo que sea  en la investigación con embriones humanos o células madre embrionarias humanas,&#8221;</em> dice el texto de la enmienda UMP / NC adoptado.</p>
</div>
<div dir="ltr">Se trata sin duda de una opción por la conciencia y por la <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/libertad/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con libertad">libertad</a> que pudiera servir de ejemplo para los que en España tienen tanta dificultad para entender la <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/libertad/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con libertad">libertad</a> de la conciencia.</div>
</div>
</div>
</div>
</div>
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		<title>Doctrina jurídica sobre la objeción de conciencia en España: Tribunales Supremo y Constitucional</title>
		<link>http://blog.bioeticaweb.com/2010/09/doctrina-juridica-sobre-la-objecion-de-conciencia-en-espana-tribunales-supremo-y-constitucional/</link>
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		<pubDate>Thu, 30 Sep 2010 10:56:13 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[tribunal constitucional]]></category>
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		<description><![CDATA[La objeción de conciencia es una situación novedosa en España. La historia más reciente no se ha caracterizado por la tolerancia social y con ello, exceptuando casos aíslados -objetores del servicio militar, testigos de Jehová-, tampoco se ha producido un desarrollo de la objeción como virtud cívica. Esto podría explicar en parte la dificultad que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/09/objecion_conciencia.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-962" title="objecion_conciencia" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/09/objecion_conciencia.jpg" alt="" width="271" height="186" /></a>La <strong>objeción de <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/conciencia/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con conciencia">conciencia</a></strong> es una situación novedosa en España. La historia más reciente no se ha caracterizado por la tolerancia social y con ello, exceptuando casos aíslados -objetores del servicio militar, testigos de Jehová-, tampoco se ha producido un desarrollo de la objeción como virtud cívica.</p>
<p>Esto podría explicar en parte la dificultad que tenemos ahora para entenderla. Fácilmente se cae en planteamientos extremosos: un individualismo absoluto que defiende que las razones subjetivas justifican cualquier desobediencia a la ley, o un juridicismo social que exige que por la existencia de una ley exige que la conciencia se someta a ella.</p>
<p>Es evidente que estamos en un camino de incorporación de incoporación equilibrada de la objeción de conciencia a las virtudes cívicas. Para ayudar a esclarecer este equilibrio, cito a continuación un artículo de <strong><a title="objeción conciencia" href="http://www.diariomedico.com/2010/09/30/area-profesional/normativa/es-el-parlamento-propietario-de-la-objecion-de-conciencia">Federico Montalvo</a></strong> en <strong>Diario médico</strong>:</p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Hace unos meses el ministro de Justicia efectuaba unas declaraciones dentro del debate social generado por la reciente reforma de la interrupción voluntaria del embarazo (régimen que se ha visto plasmado en la Ley Orgánica 2/2010); en concreto, sobre la exigencia constitucional o no de que tal norma recogiera una previsión explícita sobre la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios a la práctica del <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con aborto">aborto</a>. El ministro (algo sabe de la materia en la medida que es un autor reconocido en el ámbito del Derecho Constitucional) ponía de manifiesto (al menos eso reproducían los medios) que no existe en nuestro sistema constitucional un reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia con carácter general y que se trata de una cuestión que habrá de ser reconocida en cada caso concreto. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Las declaraciones provocaron rechazo en gran parte del estamento médico y sanitario al entenderse como una negativa al reconocimiento del derecho a la <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/libertad/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con libertad">libertad</a> ideológica. Lo que en cierto modo quedó olvidado dentro de tal polémica es que el ministro no estaba expresando una opinión personal, sino, antes al contrario, el parecer sobre la objeción de conciencia que el propio <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/tribunal-supremo/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con tribunal supremo">Tribunal Supremo</a> había establecido en su doctrina más reciente en los recursos contra la Ley de <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/educacion-para-la-ciudadania/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con educación para la ciudadanía">Educación para la Ciudadanía</a>. En tales sentencias el tribunal vino a proclamar, con carácter general y no sólo circunscrito al debate de la objeción a dicha ley, que en nuestro ordenamiento constitucional no existe un derecho general a la objeción de conciencia, sino un reconocimiento constitucional de la objeción de conciencia en determinados ámbitos, entre los que el propio tribunal se permitía recordar que sí existía en el ámbito sanitario de la interrupción voluntaria del embarazo.</em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Tal doctrina se ha visto literalmente reproducida en la sentencia del Supremo sobre la negativa de dos ATS de instituciones penitenciarias ante un programa de intercambio de jeringuillas, que denegaba tal derecho a los ATS recurrentes (ver <a href="http://www.diariomedico.com/2010/09/27/area-profesional/normativa/el-supremo-rechaza-un-derecho-a-la-objecion-de-alcance-general">DM del 27-IX-2010</a>). Dado que la doctrina recogida en esta nueva sentencia coincide tanto con la opinión del propio ministro y, lo que es más relevante, con la doctrina anterior del Supremo, podría confirmarse su corrección constitucional. Sin embargo, ello no es así y precisamente porque ambas se contradicen con la propia doctrina del <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/tribunal-constitucional/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con tribunal constitucional">Tribunal Constitucional</a> y el valor constitucional que habremos de otorgar a la libertad ideológica y religiosa consagrada en el artículo 16 de la Constitución. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Para el ministro, al igual que para el Tribunal Supremo (aunque en este último caso de manera menos explícita), la determinación de los supuestos y ámbitos en los que la objeción cobrará virtualidad vendrá determinado por el único órgano que goza de la suficiente legitimidad constitucional, el Parlamento. Tal afirmación provoca una aceptación de la objeción de conciencia de mayorías que, es precisamente, la que nuestra propia Constitución entendemos que intentó evitar, tanto proclamando la libertad ideológica y religiosa en el artículo 16, justo a continuación del derecho a la vida, como admitiendo la reforma total de la Constitución (algo no previsto en otros sistemas constitucionales y que, en palabras del Tribunal Constitucional, provoca que el reconocimiento y protección de la libertad ideológica sea más extensa en nuestro sistema que en los de nuestro entorno -nuestra tangibilidad de los valores fundamentales a la que se refiere la Sentencia 48/2003-).</em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>En definitiva, el problema no reside en que exista o no un reconocimiento con carácter general de la objeción de conciencia, lo que no creemos que nadie, a la postre, sostenga so pena de destruir nuestra propia comunidad constitucional (tan rechazable es una visión iusnaturalista extrema de los derechos y libertades como una visión meramente positivista), sino en quién ha de determinar en qué ámbitos se reconoce. Si tal decisión va a residir en la mera mayoría parlamentaria, pensar en absolutismos morales no será muy desacertado. La mayoría nos dirá a la minoría que ámbitos o expresiones de nuestra moral son socialmente reconocidos.</em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><strong><em>Cuestión esencialmente constitucional</em></strong></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Por lo tanto, si bien es cierto que ni nuestro ordenamiento ni ningún otro (incluido el de los Estados Unidos donde la libertad ideológica y religiosa ha gozado tradicionalmente de una especial protección) proclama un derecho a la objeción de conciencia con carácter general, tampoco lo es que tal reconocimiento en ámbitos concretos esté en manos del Parlamento. Tal cuestión es, a tenor del artículo 16 de la Constitución y de la propia doctrina del Tribunal Constitucional, una cuestión esencialmente constitucional y, en consecuencia, habrá de ser el intérprete último de la Constitución quien lo determine, pudiendo declarar, en su caso, que por el Parlamento o por el propio Tribunal Supremo se ha podido cercenar el contenido constitucional de la libertad ideológica.</em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Será bueno esperar a ver qué manifiesta al respecto nuestro intérprete constitucional y no anticiparse a lo que son meras propuestas que si bien pueden ser perfectamente razonables, resultan, por ahora, y a falta de escuchar al Tribunal Constitucional, inconclusas. No hay que olvidar que la única doctrina constitucional existente sobre esta materia es, por ahora, meridianamente clara: el derecho a la objeción de conciencia existe y puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no tal regulación, ya que forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el artículo 16.1 de la Constitución (STC 53/1985, caso aborto); y los ciudadanos tienen derecho a comportarse de acuerdo con sus propias convicciones, aunque ello pueda suponer el incumplimiento de un deber legal, sin más límites que los que le imponen el respeto a los derechos fundamentales ajenos y otros bienes jurídicos protegidos constitucionalmente (STC 153/2002, caso testigo de Jehová).</em></p>
<p><em> </em></p>
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		<title>Termina en EUU el debate sobre la financiación pública de las investigaciones con células madre embrionarias</title>
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		<pubDate>Wed, 29 Sep 2010 16:07:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fjr</dc:creator>
				<category><![CDATA[celulas madre]]></category>
		<category><![CDATA[Políticos]]></category>
		<category><![CDATA[selección embrionaria]]></category>
		<category><![CDATA[Barack Obama]]></category>
		<category><![CDATA[Royce Lambert]]></category>

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		<description><![CDATA[El 28 de septiembre de 2010 en los Estados Unidos, la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia ha dictaminado que puede seguir la financiación federal de la investigación sobre células madre embrionarias humanas, por lo que anula la sentencia del juez Royce Lamberth del 23 de agosto de 2010 que suspendía el uso de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/09/Células-Madre-embrionarias.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-955" title="Células-Madre-embrionarias" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/09/Células-Madre-embrionarias.jpg" alt="" width="260" height="260" /></a>El 28 de septiembre de 2010 en los Estados Unidos, la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia ha dictaminado que <strong>puede seguir la financiación federal</strong> de la investigación sobre <strong>células madre embrionarias</strong> humanas, por lo que anula la <a title="juez y presidente" href="http://blog.bioeticaweb.com/2010/09/el-juez-y-el-presidente/">sentencia</a> del juez Royce Lamberth del 23 de agosto de 2010 que suspendía el uso de fondos federales para tales investigaciones.</p>
<p>El día antes de esta decisión, el 27 de septiembre de 2010, el Tribunal de Apelaciones en Washington estaba todavía muy dividido sobre el camino a tomar. Los jueces interrogaron durante más de una hora al abogado de la administración de Obama quien sostuvo que &#8220;<strong>el interés</strong> público sufriría&#8221; daños irreversibles &#8220;si la invetigación se detuviera.</p>
<p>También escucharon al abogado de dos investigadores que trabajan con células madre no-embrionarias y que rechazan la <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/financiacion-publica/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con financiación pública">financiación pública</a> de una investigación que <strong>destruye embriones humanos</strong>.</p>
<p>El Tribunal de Apelación de Columbia no ha explicado los motivos de su decisión.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>El juez y el presidente</title>
		<link>http://blog.bioeticaweb.com/2010/09/el-juez-y-el-presidente/</link>
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		<pubDate>Tue, 07 Sep 2010 15:29:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fjr</dc:creator>
				<category><![CDATA[celulas madre]]></category>
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		<description><![CDATA[El debate sobre la investigación con células madre embrionarias, ha vuelto a saltar en los medios de comunicación. El pasado 23 de agosto el juez, Royce C. Lamberth, ha sentenciado que la orden ejecutiva de Obama de 2009 que permitió la financiación de estas investigaciones con dinero público, viola la prohibición de que los fondos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El debate sobre la investigación con <strong>células madre embrionarias</strong>, ha vuelto a saltar en los medios de comunicación.</p>
<p><img class="size-full wp-image-907   alignleft" title="obama" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/09/obama.jpeg" alt="" width="240" height="172" /></p>
<p>El pasado 23 de agosto el juez, Royce C. Lamberth, ha sentenciado que la orden ejecutiva de Obama de 2009 que permitió la financiación de estas investigaciones con dinero público, viola <strong>la prohibición de que los fondos federales</strong> se utilicen en investigaciones que destruyen embriones humanos.</p>
<p>Recordemos que esta financiación había sido parada por el presidente Bush en 2001, pero en cambio formaba parte del programa presidencial de Obama. Bush había permitido financiar la investigación con células embrionarias que ya se tenían, pero había prohibido financiar nuevas producciones de estas células que supusiesen destrucción de seres humanos en estado embrionario.</p>
<p>El juez Lamberth ha aplicado la <strong>enmienda Dickey-Wicker</strong>, que acompaña a los presupuestos del Estado y que dice que el dinero del gobierno no podrá ser usado para crear, destruir, desechar o &#8220;dañar&#8221; los embriones humanos en nombre de la ciencia de células madre.</p>
<p>Hay que aclarar que no se trata de una prohibición de investigación, sino de su f<strong>inanciación con dinero público</strong>. En EEUU apenas está regulada la investigación y experimentación con embriones. Está más regulado el uso del dinero de todos.<img class="alignright" title="Royce Lamberth" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/09/Royce-Lamberth.jpeg" alt="" width="240" height="172" /></p>
<p>Esta sentencia ha levantado críticas de diversos colectivos, especialmente de aquellos que ya han recibido cientos de millones de dólares para avanzar en su investigación.  Pero también ha encontrado numerosos apoyos sociales en colectivos que defienden la protección del ser humano desde su concepción.</p>
<p>El 31 de agosto de 2010, <strong>la administración Obama ha apelado</strong> la suspensión ante el tribunal federal en Washington y pide que ésta no se aplique hasta que el Tribunal de Apelación no se pronuncie sobre el fondo del asunto.</p>
<p><strong><em>Algunas conclusiones de esta situación.</em></strong></p>
<p>Como se ve, <strong>no todo el mundo está acuerdo</strong> con que se destinen dineros públicos para actividades cuya ética está muy discutida. No es un caso de apoyo a las minorías o no, sino de que los fondos públicos realmente se destinen al bien común. Por eso la valoración ética de las actividades es imprescindible para su financiación.</p>
<p>Las <strong>leyes se aplican a todos por igual</strong>, incluidas las iniciativas del gobierno. Este,  lógicamente también puede acudir a los tribunales para la continuidad de sus propuestas, pero sin considerar como una agresión al bien común una discrepancia como la de esta sentencia.</p>
<p>La sentencia de un juez puede ser discutida, pero <strong>no es ninguneada</strong>, ni mucho menos se elevan descalificaciones sobre la persona de ese juez.</p>
<p>Una última conclusión es que todavía p<strong>ersisten algunos tópicos</strong> difundidos en estos últimos años: <strong>la investigación con células extraídas de embriones es la única esperanza de curación para muchos millones de enfermos.</strong></p>
<p>No sé si acabará apareciendo alguna terapia seria por este camino que implica la destrucción de embriones, pero sí se que, en estos momentos, esta afirmación es puramente ideológica y no tiene que ver con la ciencia:</p>
<ul>
<li>es un dato que en estos diez años la investigación utilizando embriones, apenas ha tenido ningún resultado positivo;</li>
<li>los terapias que han surgido con células madre, lo han sido a partir de las adultas, sin que fuese necesario destruir ningún embrión humano;</li>
<li>recientemente se ha abierto un campo importante en la investigación con la obtención de células con las características de las embionarias (IPS) pero a partir de células de adultos</li>
</ul>
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		<title>El gris no es confuso sino claro: cristianismo, socialismo y aborto</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Jan 2010 17:02:41 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[aborto]]></category>
		<category><![CDATA[dialogar]]></category>
		<category><![CDATA[Políticos]]></category>
		<category><![CDATA[conferencia episcopal]]></category>
		<category><![CDATA[cristianos socialistas]]></category>
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		<category><![CDATA[J Bono]]></category>
		<category><![CDATA[legislacion aborto]]></category>

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		<description><![CDATA[Es difícil encontrar algo totalmente blanco o totalmente negro, por eso se suele hablar de que las cosas son grises. Es cierto que muchas veces los matices empañan la supuesta limpieza de los colores. Pero lo anterior no significa que deba faltar claridad a la hora de pensar sobre los diversos asuntos. Uno de los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignleft size-full wp-image-747" title="caos" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/01/caos.jpg" alt="caos" width="98" height="130" />Es difícil encontrar algo totalmente blanco o totalmente negro, por eso se suele hablar de que las cosas son grises. Es cierto que muchas veces los matices empañan la supuesta <em>limpieza</em> de los colores.</p>
<p>Pero lo anterior no significa que deba faltar claridad a la hora de pensar sobre los diversos asuntos.</p>
<p>Uno de los que están en el candelero estos días se refiere a la coherencia entre ser cristiano y votar favorablemente la Ley del <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con aborto">Aborto</a> en el Parlamento.</p>
<p>Resumiento el debate es:</p>
<ol>
<li>Abortar un concebido ¿es malo sólo para los cristianos o para toda la sociedad?</li>
<li>El aborto es un derecho, en algunas circunstancias, o es un mal menor, o se debe, siempre que se pueda, evitar porque es un mal absoluto.</li>
<li>Votar favorablemente algo éticamente malo, es  participar de la consecución de ese mal. Pero si lo que se vota es menos malo que lo que ya existe, entonces favorecer la ley sería bueno por ser un mal menor, siempre que se manifieste la actitud de rechazo respecto al mal.</li>
<li>La Ley que se ha votado ¿favorece la impunidad del aborto, o la restringe? Los cristianos que  han votado a favor, ¿han manifestado claramente su oposición al aborto?</li>
</ol>
<p>Puede documentarse en:</p>
<ul>
<li><a rel="bookmark" href="../?p=737">Maniﬁesto del Grupo Cristianos Socialistas (PSOE) sobre el aborto</a></li>
<li><a title="cic aborto" href="http://www.vatican.va/archive/ESL0022/__P80.HTM">Enseñanza de la Iglesia Católica (nn. 2270-2275)</a></li>
<li><a title="CEC aborto" href="http://www.oecumene.radiovaticana.org/spa/Articolo.asp?c=346809">La Conferencia Episcopal española ante el aborto, y ante algunas declaraciones</a></li>
<li><a title="bono aborto" href="http://www.elpais.com/articulo/opinion/Aborto/derecho/obligacion/elpepuopi/20091126elpepiopi_4/Tes">D. José Bono:</a><a title="bono aborto" href="http://www.elpais.com/articulo/opinion/Aborto/derecho/obligacion/elpepuopi/20091126elpepiopi_4/Tes"> <em>Aborto: ni derecho ni obligación</em></a></li>
<li><a title="cristianos socialistas aborto" href="http://www.discapnet.es/Castellano/actualidad/Noticias_Actualidad/paginas/detalle.aspx?Noticia=206956">Cristianos Socialistas: nigan que la nueva ley recoja el aborto como derecho</a></li>
<li>Ya que muchos citan Evangelium vitae: <a title="EV 73 y políticos" href="http://www.eticaepolitica.net/eticapolitica/arl_aclaraciones_ev73%28es%29.htm">Aclaraciones sobre la aplicación de Evangelium vitae 73</a></li>
</ul>
<p>San Agustín tiene demasiado razón: <em>&#8220;Dicen lo que opinan, no lo que saben&#8221; </em>(De civ, XII, 10)</p>
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		<title>Maniﬁesto del Grupo Cristianos Socialistas (PSOE) sobre el aborto</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Jan 2010 16:28:17 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[aborto]]></category>
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		<category><![CDATA[objeción conciencia]]></category>

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		<description><![CDATA[Un amigo me pidió mi opinión acerca del Manifiesto sobre el aborto de Cristianos Socialistas. Su interés estaba reforzado por el esfuerzo que le ha costado a esta corriente hacer público el Manifiesto. Como puede no ser fácil de encontrar lo copio a continuación: El aborto, a la búsqueda de un terreno común El núcleo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignleft size-full wp-image-743" style="margin-left: 3px; margin-right: 3px;" title="cristianos-socialistas" src="http://blog.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2010/01/cristianos-socialistas.jpg" alt="cristianos-socialistas" width="148" height="72" /></p>
<p><img src="file:///Users/fjramiro/Library/Caches/TemporaryItems/moz-screenshot-2.png" alt="" /><img src="file:///Users/fjramiro/Library/Caches/TemporaryItems/moz-screenshot-3.png" alt="" /><img src="file:///Users/fjramiro/Desktop/Captura%20de%20pantalla%202010-01-05%20a%20las%2016.02.22.png" alt="" />Un amigo me pidió mi opinión acerca del Manifiesto sobre el <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con aborto">aborto</a> de <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/cristianos-socialistas/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con cristianos socialistas">Cristianos Socialistas</a>. Su interés estaba reforzado por el esfuerzo que le ha costado a esta corriente hacer público el Manifiesto.</p>
<p>Como puede no ser fácil de encontrar lo copio a continuación:</p>
<p style="padding-left: 30px;"><em><strong>El aborto, a la búsqueda de un terreno común </strong><br />
</em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>El núcleo de la reforma sobre el aborto propuesta por el Gobierno es políticamente razonable: una ley de plazos (catorce semanas) combinada con doble indicación. De esta forma se ofrece un marco legal más honesto con la realidad y acorde con la legislación europea mayoritaria, como bien fundamenta el dictamen del <a title="aborto Consejo Estado" href="http://blog.bioeticaweb.com/?p=688">Consejo de Estado</a>. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Es más restrictiva con los abusos, ya que el supuesto del conﬂicto psíquico de la actual despenalización carece de limitación temporal y ha dado cobertura legal a abortos en estadios de gestación muy avanzados. Además la reforma refuerza la seguridad jurídica de la mujer y del profesional. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Es preciso plantear la cuestión con serenidad. No se puede descaliﬁcar una regulación legal del aborto por considerarlo un asesinato. Es una visión moralizadora que se desentiende tanto de las consecuencias de la prohibición como de los deberes de la ley y el legislador ante una decisión compleja y conﬂictiva. Tampoco puede negarse la pertinencia de un juicio ético, social y jurídico sobre la interrupción del embarazo por considerar que se trata de un asunto privado que concierne sólo a la mujer. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Entre uno y otro extremo es preciso sostener la necesidad de garantizar una maternidad libremente querida y responsable, por un lado, y, por otro, la protección respecto del feto. La decisión de abortar entraña graves conﬂictos personales y públicos que no pueden negarse invocando sólo los derechos de la mujer o sólo la protección del bien jurídico del nasciturus (STC 53/1985). La ley debe ser capaz de armonizar y encauzar razonablemente una y otra perspectiva. Es posible buscarun terreno común. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>En primer lugar, el Estado tiene deberes éticos y jurídicos para con el feto por encontrarse en estado de máxima precariedad, debilidad y necesidad. Es de humanidad su cuidado y tutela. Es propio de la tradición socialista y humanista proteger al más débil, por lo que debemos reconocer y defender el bien jurídico constitucionalmente protegido del nasciturus. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Podemos convenir en que la dignidad inherente del feto no sea la misma que la de la persona nacida titular de derechos. Con todo, la formación de la vida humana es un proceso y consiguientemente hay un estatuto ético del feto que exige, conforme avanza el proceso de gestación, una protección por parte del Estado cada vez más exigente, lo que también se reﬂeja en el régimen sancionador. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>En segundo lugar, el Estado también tiene deberes éticos y jurídicos para con la mujer. Sobre la mujer recaen en primer término las diﬁcultades sociales, económicas, psicológicas, éticas, y, en su caso, penales. La mujer no puede reducirse a receptáculo del feto. Es sujeto libre y responsable,cuya <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/libertad/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con libertad">libertad</a> y salud deben estar protegidas por la ley. La decisión de abortar ha de contemplarse como una cuestión de <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/conciencia/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con conciencia">conciencia</a>, y como tal debe ser tratada y respetada. En el marco que le otorga la ley, las catorce semanas, debe ser la mujer embarazada la que toma la decisión. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>En cualquier caso, la vida en gestación es una realidad distinta de la mujer gestante. No es ni unórgano propio ni una extremidad de ella. La decisión de la mujer, a la que la ley otorga unos derechos de prestación en determinadas  condiciones, no puede negar que en el nasciturus estamos hablando en todo caso más de un “alguien” que de un “algo”.</em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Por ello, por cuanto se trata de un ser humano en formación, no puede haber un <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/derecho-al-aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con derecho al aborto">derecho al aborto</a>. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>No hay sólo maternidad, sino también paternidad. Por ello, también corresponsabilidad. La prevención justiﬁcada en casos contra la manipulación o la coacción sobre la mujer en su decisión de interrumpir el embarazo no puede anular la necesidad de una información adecuada, apoyo familiar y social en términos de acompañamiento. Es consecuente con los deberes de patria potestad y con la obligación que la Constitución establece de “prestar asistencia de todo orden a los hijos”, al menos, durante su minoría de edad (39.3 CE). </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Otra cuestión no menos importante: es necesario regular la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, de modo que quede garantizado el respeto a su conciencia ética personal sin que por otro lado menoscabe las garantías de la prestación de la IVE por la red pública en todas las comunidades autónomas. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Para nosotros, como cristianos socialistas, la función legisladora y la gestión política deben estarinspiradas por la ética y la búsqueda del bien común. Sin embargo, creemos que hacer realidad los principios éticos en una sociedad plural no supone necesariamente identiﬁcar código moral y código penal. Esto es especialmente claro en el caso del aborto. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>Es necesario desarrollar, ante la pluralidad de causas que llevan al aborto, políticas de investigación y prevención que orienten actitudes hacia una sexualidad responsable. La prevención debe hacer frente a la banalización creciente de la sexualidad. También son necesarias políticas educativas,  que deben hablar de la sexualidad como placer, pero también como vínculo afectivo y comunicación; como respeto a la alteridad y dignidad de la otra persona y como control de laspropias pulsiones. Con la misma gravedad, consideramos que debe avanzarse en el desarrollo de una real protección social a la maternidad. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em>En deﬁnitiva, la cifra de 112.000 abortos en sólo un año (2007) es un elocuente signo de fracaso colectivo. Todavía estamos a tiempo de aprovechar esta reforma como una oportunidad para emprender con decisión el impulso a políticas públicas para la reducción de los embarazos no queridos que conducen al aborto. </em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><em><strong>El maniﬁesto lo ﬁrman, en nombre del grupo Cristianos Socialistas del PSOE</strong>, Pilar de la Vega catedrática de Historia; Jordi López Camps, doctor en Biología y María José Pereda , doctora en Medicina y máster en Bioética.</em></p>
<p><strong>Mi opinión:</strong></p>
<ol>
<li>Un primer punto a favor, es que hace un intento de buscar un <em><strong>terreno común</strong></em> (aunque me gustaría saber entre quiénes)</li>
<li>Es parcial en sus <strong>referencias legales</strong> respecto a instituciones jurídicas españolas que han elaborado un informe: <a title="CGPJ aborto" href="http://blog.bioeticaweb.com/?p=601">Consejo General Poder Judicial</a>, Consejo Fiscal</li>
<li>Tiene la <strong>valentía</strong> de hablar de los derechos del <strong>nasciturus</strong>.</li>
<li>No estoy de acuerdo con que <em>podemos convenir en que la dignidad inherente del feto no sea la misma que la de la persona nacida titular de derechos. </em>No lo estoy porque la <strong>dignidad humana se tiene o no se tiene</strong>: no creo que haya grados<em>.</em></li>
<li>La <strong>penalización</strong> de un hecho puede ser mayor o menor, según las circunstancias, pero eso no cambia el motivo de penalización: se castiga más matar a un padre que a un desconocido. Esto no quita que ambos sean un homicidio ni que tengan la misma dignidad.</li>
<li>Falta coherencia cuando afirma que el aborto es una cuestión de conciencia personal, y que en el párrafo siguiente diga que no puede haber un derecho al aborto. Si cada uno tiene <strong>derecho a decidir</strong>, sin ninguna responsabilidad ante la sociedad, es porque se tiene derecho a abortar, al menos las 14 primeras semanas</li>
<li>Son importantes las referencias que hace a los derechos de paternidad, y a la regulación de la objeción de conciencia. También su petición de una educación sexual más humana</li>
<li>Me parece confusa la argumentación entre código moral, bien común, legislación y aborto. Me parece que nadie duda de que se debe proteger más a la persona más débil. ¿Es esto obligar al propio código moral, o es el primer principio de ética pública?</li>
</ol>
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		<title>El titular manifiesta claramente el fondo de la ley del aborto</title>
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		<pubDate>Sat, 26 Sep 2009 23:32:33 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Políticos]]></category>

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		<description><![CDATA[El titular manifiesta claramente el planteamiento de la nueva ley del aborto, cuyo proyecto a aprobado hoy el&#8230; http://bit.ly/QNwoY]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El titular manifiesta claramente el planteamiento de la nueva ley del <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con aborto">aborto</a>, cuyo proyecto a aprobado hoy el&#8230; <a href="http://bit.ly/QNwoY" rel="nofollow">http://bit.ly/QNwoY</a></p>
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		<title>Lo que dice el informe del Consejo de Estado sobre la ley del aborto</title>
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		<pubDate>Mon, 21 Sep 2009 10:51:17 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Lo que se ha hecho público ha sido un informe de la Permanente del Consejo de Estado. Estamos hablando de nueve miembros de ese Consejo, no de la Plenaria Si usted quiere saber qué dice el informe: aqui Si le basta un resumen de las líneas de fuerza, recomendamos la editoral del 20 de septiembre [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Lo que se ha hecho público ha sido un informe de la Permanente del Consejo de Estado. Estamos hablando de nueve miembros de ese Consejo, no de la Plenaria</p>
<p>Si usted quiere saber qué dice el informe:<a title="informe aborto" href="http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/200909/18/sociedad/20090918elpepusoc_1_Pes_PDF.pdf"> aqui</a></p>
<p>Si le basta un resumen de las líneas de fuerza, recomendamos la editoral del 20 de septiembre de 2009 de <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/libertad/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con libertad">Libertad</a> Digital: <a title="informe aborto" href="http://www.libertaddigital.com/opinion/editorial/lo-que-el-consejo-de-estado-dice-sobre-el-aborto-50917/">aquí</a></p>
<p>Si piensa que el <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/aborto/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con aborto">aborto</a> no es un tema sólo de <a href="http://blog.bioeticaweb.com/tag/politicos/" class="st_tag internal_tag" rel="tag" title="Entradas etiquetadas con Políticos">políticos</a> sino social y le gustaría que hubiese un debate entre el principal impulsor de la ley: el Presidente Rodriguez Zapatero, y su principal opositor social: la doctora Gador Joya, <a title="pedir debate aborto" href="http://www.hazteoir.org/node/23784">pídalo</a></p>
<p>¡Algo hay que hacer!, y mientras aumentando el paro.</p>
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